La declaración de renta anual 2026 es un trámite tributario que permite informar a la SUNAT las rentas obtenidas durante el ejercicio gravable 2025 y determinar, cuando corresponda, el Impuesto a la Renta que debe pagarse o el saldo a favor que puede solicitarse en devolución. Este proceso es especialmente importante para personas naturales que obtuvieron determinados tipos de rentas y para empresas que se encuentran obligadas a presentar la declaración anual.
Aunque se conoce comúnmente como declaración de renta 2026, es importante tener claro que el trámite realizado durante este año corresponde a los ingresos y operaciones del año 2025. SUNAT ha establecido formularios, fechas y procedimientos específicos para cumplir con esta obligación, por lo que revisar la información antes de presentar la declaración es fundamental para evitar errores.
Para las personas naturales, SUNAT dispone del Formulario Virtual N.° 709, denominado Renta Anual – Persona Natural. Este formulario permite declarar rentas de primera categoría, segunda categoría, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera.
¿Qué es la declaración de renta anual 2026?
La declaración de renta anual 2026 es el trámite mediante el cual determinados contribuyentes informan a la SUNAT los ingresos y rentas que obtuvieron durante el ejercicio gravable 2025. Con esta información se determina el Impuesto a la Renta que corresponde pagar, considerando también las retenciones, pagos a cuenta, deducciones y demás conceptos aplicables a cada contribuyente.
Aunque el trámite se realiza durante 2026, es importante no confundir el año de presentación con el periodo que se está declarando. En este caso, la declaración anual corresponde a las rentas obtenidas entre enero y diciembre de 2025. Para las personas naturales, SUNAT habilitó el Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual 2025, disponible desde el 31 de marzo de 2026.
El Formulario 709 permite declarar diferentes tipos de rentas, entre ellas las de primera categoría, segunda categoría, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera. El sistema también puede mostrar información personalizada sobre rentas, retenciones, pagos y determinados gastos correspondientes al ejercicio 2025, pero estos datos son referenciales y deben ser revisados por el contribuyente antes de presentar la declaración.
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¿Quiénes deben presentar la declaración de renta anual 2026?
La declaración de renta anual 2026 corresponde a las personas naturales que durante el ejercicio gravable 2025 se encuentren en alguno de los supuestos establecidos por SUNAT para presentar la declaración jurada anual. Por ello, no basta con haber recibido ingresos durante el año para determinar si existe una obligación, sino que es necesario revisar el tipo de renta obtenida y la situación tributaria de cada persona.
Personas que tienen un impuesto por pagar
Deben presentar la declaración quienes, después de realizar el cálculo correspondiente al ejercicio 2025, determinen una deuda por Impuesto a la Renta. En estos casos, la declaración permite informar las rentas obtenidas, considerar las retenciones y pagos efectuados durante el año y establecer el importe que todavía corresponde pagar a SUNAT.
Personas con rentas de cuarta categoría
Los trabajadores independientes que durante 2025 obtuvieron rentas de cuarta categoría pueden encontrarse obligados a presentar la declaración cuando se cumplan los supuestos establecidos por SUNAT. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando el cálculo anual determina un saldo a favor o cuando existen otras circunstancias tributarias que generan la obligación de presentar la declaración de renta anual 2026.
Personas con rentas de cuarta y quinta categoría
Quienes durante el ejercicio 2025 obtuvieron ingresos tanto como trabajadores independientes como trabajadores dependientes también pueden estar obligados a presentar la declaración anual. En estos casos, se deben considerar conjuntamente las rentas correspondientes y realizar el cálculo según las reglas aplicables al Impuesto a la Renta de personas naturales.
Personas que tienen rentas de fuente extranjera
Las personas domiciliadas en el Perú que hayan obtenido determinadas rentas provenientes del extranjero pueden tener que incluirlas en su declaración anual cuando corresponda. SUNAT contempla las rentas de fuente extranjera dentro de la información que puede declararse mediante el Formulario Virtual N.° 709, por lo que es importante revisar cómo deben incorporarse al cálculo de la declaración de renta anual 2026.
Personas que tienen un saldo a favor
También pueden estar obligadas a declarar las personas que determinen un saldo a favor en determinados supuestos. Esto incluye a quienes obtuvieron rentas de cuarta categoría o de cuarta y quinta categoría y, según corresponda, a quienes tienen rentas de trabajo y de fuente extranjera que deben sumarse a estas.
¿Quiénes no están obligados a presentar la declaración?
No todas las personas que obtuvieron ingresos durante el ejercicio 2025 tienen que presentar la declaración de renta anual 2026. La obligación depende del tipo de renta obtenida, los pagos realizados durante el año y determinadas situaciones establecidas por SUNAT. Por eso, antes de presentar el formulario, es recomendable verificar si realmente corresponde realizar este trámite.
Personas no domiciliadas con rentas de fuente peruana
Las personas que no tienen la condición de domiciliadas en el Perú y que obtienen rentas de fuente peruana no están obligadas a presentar la declaración jurada anual de renta. En estos casos, el tratamiento tributario de sus ingresos se realiza de acuerdo con las reglas aplicables a los contribuyentes no domiciliados y las retenciones correspondientes.
Trabajadores que perciben exclusivamente rentas de quinta categoría
Las personas que durante todo el ejercicio 2025 percibieron exclusivamente rentas de quinta categoría, es decir, ingresos provenientes de un trabajo en planilla, en principio no tienen que presentar la declaración de renta anual 2026. Cuando corresponde realizar la retención del Impuesto a la Renta, es el empleador quien efectúa el cálculo, la retención y el pago correspondiente a través de la planilla.
Personas que no cumplen los supuestos de obligación
También pueden encontrarse fuera de la obligación quienes no se encuentran en ninguno de los supuestos establecidos por SUNAT para presentar la declaración anual. Por ejemplo, una persona puede haber obtenido determinados ingresos durante 2025, pero si su situación tributaria no genera deuda, saldo a favor sujeto a declaración, aplicación de saldos anteriores u otro supuesto que obligue a presentar el formulario, podría no necesitar realizar el trámite.
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¿Qué formulario se utiliza para la declaración de renta 2026?
Para la declaración de renta anual 2026, correspondiente al ejercicio gravable 2025, las personas naturales utilizan principalmente el Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual – Persona Natural. Este formulario permite declarar rentas de primera categoría, segunda categoría, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera. Está disponible en SUNAT Virtual y también puede utilizarse mediante el App Personas.
El Formulario Virtual N.° 709 cuenta con información personalizada que SUNAT obtiene de diferentes fuentes, como declaraciones, retenciones, pagos y datos relacionados con determinados gastos deducibles. Esta información tiene carácter referencial, por lo que el contribuyente debe revisarla y, si corresponde, completarla o modificarla antes de presentar la declaración.
Para las empresas y contribuyentes que generan rentas de tercera categoría, corresponde utilizar el Formulario Virtual N.° 710, que contempla las declaraciones de renta empresarial y el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), según corresponda. Por ello, el formulario que debe utilizarse depende principalmente del tipo de renta y de la condición tributaria del contribuyente.
¿Cuándo se presenta la declaración de renta anual 2026?
La declaración de renta anual 2026 corresponde al ejercicio gravable 2025 y se presenta de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente. Para las personas naturales y las MYPE comprendidas en la Ley N.° 31940, SUNAT estableció un cronograma ampliado que inicia el 27 de mayo y termina el 10 de junio de 2026.
Para las personas naturales comprendidas en el cronograma ampliado, las fechas de vencimiento son las siguientes:
- RUC terminado en 0: 27 de mayo de 2026.
- RUC terminado en 1: 28 de mayo de 2026.
- RUC terminado en 2: 29 de mayo de 2026.
- RUC terminado en 3: 1 de junio de 2026.
- RUC terminado en 4: 2 de junio de 2026.
- RUC terminado en 5: 3 de junio de 2026.
- RUC terminado en 6: 4 de junio de 2026.
- RUC terminado en 7: 5 de junio de 2026.
- RUC terminado en 8: 8 de junio de 2026.
- RUC terminado en 9: 9 de junio de 2026.
- Buenos contribuyentes y personas no obligadas a inscribirse en el RUC: 10 de junio de 2026.
¿Cómo hacer la declaración de renta anual 2026?
Realizar la declaración de renta anual 2026 es un trámite que se puede hacer de manera virtual a través de SUNAT. Para las personas naturales, se utiliza el Formulario Virtual N.° 709, disponible desde el 31 de marzo de 2026 en SUNAT Virtual y en el App Personas, utilizando la Clave SOL.
Los principales pasos para realizar el trámite son:
- Ingresar a SUNAT con la Clave SOL: Accede a SUNAT Virtual e ingresa con tu RUC, usuario y Clave SOL. Luego busca la opción correspondiente a la declaración de Renta Anual y selecciona el Formulario Virtual N.° 709.
- Revisar la información personalizada: El formulario puede mostrar automáticamente información registrada por SUNAT sobre tus ingresos, retenciones, pagos y determinados gastos. Es necesario revisar estos datos y corregir o completar cualquier información que no sea correcta.
- Completar los datos que correspondan: Dependiendo del tipo de renta obtenida durante 2025, tendrás que completar las secciones informativas y determinativas del formulario. Si no existe información precargada para alguna renta, deberás registrarla de acuerdo con tu situación.
- Validar la declaración: Una vez completada la información, utiliza la opción “Validar” para que el sistema revise si existen inconsistencias en los datos registrados. Es recomendable solucionar cualquier observación antes de continuar con la presentación.
- Presentar y pagar, si corresponde: Finalmente, selecciona la opción “Presenta/Paga” para enviar la declaración. Si existe un impuesto por pagar, podrás realizar el pago correspondiente; si no tienes un monto pendiente, SUNAT generará la constancia de presentación.
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¿Qué información aparece automáticamente en el formulario?
Al ingresar al Formulario Virtual N.° 709 para realizar la declaración de renta anual 2026, SUNAT puede mostrar información personalizada correspondiente al ejercicio 2025. Estos datos son recopilados de diferentes fuentes, como las declaraciones mensuales, los agentes de retención, los empleadores y los pagos de impuestos realizados por el contribuyente.
Entre la información que puede aparecer automáticamente se encuentran las rentas obtenidas, las retenciones efectuadas, los pagos directos del Impuesto a la Renta y determinados gastos deducibles. El objetivo es facilitar el llenado del formulario y reducir el tiempo necesario para registrar la información correspondiente al año 2025.
Sin embargo, estos datos tienen carácter referencial, por lo que no se deben aceptar sin revisarlos. El contribuyente debe comprobar que la información sea correcta y, cuando corresponda, completarla o modificarla antes de enviar la declaración a SUNAT.
Rentas que se pueden declarar en el Formulario 709
El Formulario Virtual N.° 709 permite a las personas naturales declarar diferentes tipos de ingresos obtenidos durante el ejercicio 2025. SUNAT contempla en este formulario las rentas de primera y segunda categoría, las rentas del trabajo y las rentas de fuente extranjera que correspondan a la declaración de renta anual 2026.
1. Primera categoría
Comprenden principalmente los ingresos obtenidos por el alquiler o subarrendamiento de inmuebles, así como por el arrendamiento o cesión de determinados bienes muebles. También pueden incluir otros conceptos, como mejoras o la cesión gratuita de predios, según las reglas establecidas por SUNAT.
2. Segunda categoría
Incluyen determinadas ganancias obtenidas por la enajenación, redención o rescate de acciones, participaciones, bonos, certificados, títulos y otros valores mobiliarios. En estos casos, se debe determinar la ganancia correspondiente y aplicar las reglas tributarias establecidas para este tipo de ingresos dentro de la declaración de renta anual 2026.
3. Cuarta categoría
Son los ingresos obtenidos por el trabajo realizado de manera independiente, como ocurre con profesionales, técnicos y personas que prestan servicios por cuenta propia y emiten recibos por honorarios. Estas rentas forman parte de la determinación anual del Impuesto a la Renta de las personas naturales.
4. Quinta categoría
Corresponden principalmente a los ingresos obtenidos por trabajadores que mantienen una relación de dependencia con un empleador. Aunque el empleador realiza retenciones durante el año, existen determinadas situaciones en las que estos ingresos deben considerarse dentro de la declaración de renta anual 2026 mediante el Formulario 709.
5. Fuente extranjera
Son los ingresos provenientes de fuentes ubicadas fuera del Perú, como determinados servicios realizados en el extranjero, alquileres de inmuebles ubicados en otro país o intereses obtenidos de entidades financieras del exterior. Estas rentas se declaran anualmente mediante el Formulario 709 y, dependiendo de su naturaleza, se suman a las rentas del trabajo o, en casos específicos, a las de segunda categoría.
Gastos deducibles en la declaración de renta 2026
Los gastos deducibles permiten reducir la base sobre la que se calcula el Impuesto a la Renta para las personas que generan rentas de trabajo. Para el ejercicio 2025, que se declara en 2026, SUNAT permite una deducción adicional de hasta 3 UIT por determinados gastos, siempre que se cumplan las condiciones y requisitos establecidos en la declaración de renta anual 2026.
Alquiler y subarrendamiento de inmuebles
Se puede deducir parte de los pagos realizados por el alquiler o subarrendamiento de un inmueble ubicado en el Perú, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por SUNAT. Para el ejercicio 2025, el porcentaje de deducción aplicable es del 30% del monto pagado, incluyendo el IGV cuando corresponda.
Gastos en restaurantes, bares y hoteles
Los consumos realizados en restaurantes, bares y hoteles también pueden generar una deducción adicional. Para el ejercicio 2025, se considera el 15% del gasto efectivamente pagado, siempre que el comprobante cumpla con las condiciones exigidas y permita identificar al consumidor mediante su DNI o RUC, dentro de la declaración de renta anual 2026.
Servicios de médicos y odontólogos
Los pagos por servicios prestados por médicos y odontólogos pueden dar derecho a una deducción del 30% del monto pagado. El servicio debe corresponder a una renta de cuarta categoría y estar respaldado por el comprobante correspondiente, además de cumplir las condiciones establecidas por SUNAT.
Servicios de profesionales y oficios
También pueden considerarse los pagos realizados por determinados servicios profesionales u oficios que generan renta de cuarta categoría. En estos casos, normalmente se requiere un recibo por honorarios electrónico y el cumplimiento de las condiciones de identificación, pago y situación tributaria del prestador del servicio.
Aportes a EsSalud por trabajadores del hogar
Los empleadores pueden deducir los aportes realizados a EsSalud por sus trabajadores del hogar. Este concepto permite una deducción del 100% del aporte realizado, siempre que el trabajador esté correctamente registrado y el pago se encuentre acreditado mediante el documento correspondiente.
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¿Cómo saber si tengo que pagar Impuesto a la Renta?
Para saber si debes pagar Impuesto a la Renta en la declaración de renta anual 2026 correspondiente al ejercicio 2025, primero se deben considerar los ingresos obtenidos durante el año, las retenciones y pagos realizados y las deducciones que correspondan.
- Revisa todos tus ingresos del año: Considera las rentas obtenidas durante 2025 según la categoría que corresponda, ya sea por alquileres, venta de valores, trabajo independiente, trabajo dependiente o rentas de fuente extranjera.
- Comprueba las retenciones realizadas: Las retenciones efectuadas durante el año pueden reducir el monto del impuesto que finalmente debes pagar. SUNAT incorpora parte de esta información en el formulario para facilitar la declaración.
- Considera los gastos deducibles: Si tienes derecho a deducciones, estas pueden disminuir la renta sobre la que se calcula el impuesto. Es importante verificar que los gastos cumplan con los requisitos establecidos para ser considerados.
- Revisa el resultado del formulario: Después de completar y validar la información, el Formulario 709 muestra el resultado de la determinación anual. Dependiendo de los ingresos, deducciones, retenciones y pagos, puede aparecer un importe por pagar o un saldo a favor.
- Verifica si existe un impuesto pendiente: Si el cálculo final indica un monto por pagar, deberás realizar el pago correspondiente a SUNAT. Si las retenciones y pagos realizados superan el impuesto determinado, podrías tener un saldo a favor y evaluar la solicitud de devolución correspondiente.
¿Qué pasa si tengo un saldo a favor?
Si al presentar la declaración de renta anual 2026 correspondiente al ejercicio 2025 las retenciones y pagos realizados durante el año son mayores al Impuesto a la Renta determinado, puedes obtener un saldo a favor. Esto significa que, de acuerdo con el cálculo realizado, existe un monto que puede ser solicitado en devolución a SUNAT, siempre que corresponda y se cumplan las condiciones establecidas.
Para conocer si tienes un saldo a favor, debes completar y validar el Formulario Virtual N.° 709. El sistema considera la información registrada sobre tus ingresos, retenciones, pagos y deducciones aplicables, y muestra el resultado de la determinación del impuesto. Por ello, es importante revisar los datos antes de presentar la declaración.
Si el resultado genera un saldo a favor y deseas solicitar la devolución, puedes realizar el trámite correspondiente después de presentar la declaración. SUNAT establece diferentes mecanismos de devolución según el tipo de renta, por lo que conviene revisar la opción disponible y verificar que los datos registrados para recibir el dinero sean correctos.
¿Cómo solicitar la devolución de renta?
Si la declaración de renta anual 2026 determina un saldo a favor, el contribuyente puede solicitar a SUNAT la devolución del importe que corresponda. El trámite se realiza después de presentar la declaración y el procedimiento puede variar según el tipo de renta y la situación del contribuyente.
- Presenta el Formulario Virtual N.° 709: Primero debes completar y enviar correctamente tu declaración anual correspondiente al ejercicio 2025. El formulario determinará si existe un saldo a favor que pueda ser solicitado en devolución.
- Verifica el saldo a favor: Antes de solicitar la devolución, revisa el resultado de la declaración y confirma que el monto determinado por SUNAT sea correcto. También es recomendable comprobar que tus datos personales y tributarios estén actualizados.
- Solicita la devolución: Cuando corresponda, puedes iniciar la solicitud utilizando el mecanismo habilitado por SUNAT. Para determinados casos, el sistema permite realizar el trámite mediante el enlace disponible después de presentar la declaración.
- Indica la información solicitada: Durante el trámite deberás proporcionar los datos requeridos por SUNAT para procesar la devolución. Es importante que la información registrada sea correcta para evitar observaciones o retrasos en la atención de la solicitud.
- Espera la evaluación de SUNAT: Una vez presentada la solicitud, SUNAT realizará las verificaciones correspondientes. Si la devolución es aprobada, el monto será entregado mediante el mecanismo que corresponda según las condiciones establecidas para el contribuyente.
¿Qué pasa si tengo un impuesto por pagar?
Si al presentar la declaración de renta anual 2026 correspondiente al ejercicio 2025 el resultado indica un impuesto por pagar, significa que el monto del Impuesto a la Renta determinado es mayor que las retenciones y pagos realizados durante el año.
El pago puede realizarse al momento de enviar la declaración mediante las opciones habilitadas por SUNAT, como débito en cuenta, tarjeta de crédito o débito, cargo a la cuenta de detracciones o Yape, según corresponda. Si presentaste la declaración con importe cero y posteriormente necesitas realizar el pago, también puedes hacerlo mediante SUNAT Operaciones en Línea.
Si no puedes cancelar toda la deuda de inmediato y cumples con las condiciones establecidas, existe la posibilidad de solicitar un fraccionamiento. Para determinados casos, el Formulario Virtual N.° 709 muestra un enlace para iniciar la solicitud mediante el Formulario Virtual N.° 687; si no utilizas ese enlace al presentar la declaración, SUNAT permite realizar la solicitud posteriormente según los plazos y requisitos aplicables.
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Preguntas frecuentes sobre la declaración de renta anual 2026
La declaración de renta anual 2026 corresponde a los ingresos y operaciones realizados durante el ejercicio 2025. Debido a que existen diferentes tipos de rentas, formularios, fechas y situaciones tributarias, es normal que surjan dudas sobre quién debe declarar, cómo realizar el trámite y qué ocurre con el resultado de la declaración.
¿Qué formulario debo utilizar para declarar la renta en 2026?
Las personas naturales utilizan el Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual – Persona Natural, que permite declarar rentas de primera y segunda categoría, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera, según corresponda. Los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría utilizan el Formulario Virtual N.° 710.
¿La declaración de renta anual 2026 corresponde a los ingresos de qué año?
La declaración que se presenta durante 2026 corresponde al ejercicio gravable 2025. Es decir, se declaran los ingresos, retenciones, pagos y gastos que correspondan al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
¿Todos los trabajadores están obligados a presentar la declaración anual?
No necesariamente. Las obligaciones dependen del tipo de renta y de la situación particular de cada contribuyente. Por ejemplo, las personas que durante el año tuvieron exclusivamente rentas de quinta categoría, en general, no están obligadas a presentar una declaración anual, aunque existen situaciones específicas en las que pueden hacerlo para determinar un saldo a favor por determinadas deducciones.
¿Qué pasa si la declaración determina un saldo a favor?
Si después de realizar el cálculo correspondiente las retenciones y pagos efectuados son superiores al impuesto determinado, puede generarse un saldo a favor. En ese caso, el contribuyente puede solicitar la devolución del importe que corresponda mediante los mecanismos habilitados por SUNAT, siempre que cumpla con los requisitos establecidos para su situación.
¿Qué ocurre si tengo un impuesto por pagar?
Cuando el resultado de la declaración muestra un impuesto pendiente, el contribuyente debe realizar el pago correspondiente a SUNAT. Si no puede cancelar el importe de inmediato y cumple las condiciones establecidas, puede evaluar la posibilidad de solicitar un fraccionamiento de la deuda tributaria, de acuerdo con las reglas vigentes.
Todo lo que debes saber antes de cumplir con tus obligaciones tributarias
Cumplir correctamente con las obligaciones tributarias permite evitar errores, pagos fuera de plazo y posibles inconvenientes con SUNAT. En este sentido, la declaración de renta anual 2026 requiere revisar los ingresos obtenidos durante el año, las retenciones realizadas, los pagos efectuados y las deducciones que puedan aplicarse según cada caso.
Antes de enviar el formulario, conviene verificar que la información proporcionada por SUNAT sea correcta y completar cualquier dato que falte. También es importante revisar el cronograma de vencimientos según el último dígito del RUC, ya que presentar la declaración dentro del plazo ayuda a evitar contingencias tributarias.